El presente Reglamento de Régimen Interno (en adelante, el “Reglamento”) se aprueba en virtud de los
Estatutos del ATLÉTICO SAN BLAS C.F. (en adelante, el “Club”), con el objeto de regular la organización, funcionamiento, derechos, deberes y responsabilidades de todas las personas vinculadas al
Club.
El Reglamento tiene naturaleza normativa interna, carácter obligatorio y fuerza vinculante para todos los
miembros del Club y personas relacionadas con el mismo, sin perjuicio de la aplicación de la normativa legal y federativa vigente.
La inscripción de un jugador en el Club, así como la vinculación de sus representantes legales, implica la
aceptación expresa e íntegra del presente Reglamento.
- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas de organización, funcionamiento y convivencia del Club, así como los
derechos, deberes y responsabilidades de sus miembros.
- Asimismo, regula el régimen deportivo, económico, disciplinario y organizativo del Club.
Quedan sometidos al presente Reglamento:
- Los miembros de la Junta Directiva.
- El personal técnico, deportivo y auxiliar del Club: Director Deportivo, entrenadores, coordinadores, delegados, preparadores físicos y
cualquier persona que desempeñe funciones deportivas o técnicas.
- Los jugadores inscritos en el Club.
- Los padres, madres o tutores legales de los jugadores, en aquello que les resulte aplicable.
- Cualquier persona o entidad que, de forma directa o indirecta, participe o represente al Club.
- Todas las personas comprendidas en el artículo anterior están obligadas a conocer y cumplir el presente Reglamento.
- El desconocimiento del Reglamento no exime de su cumplimiento ni de las responsabilidades derivadas de su infracción.
- La inscripción en el Club implica la aceptación expresa del Reglamento por parte del jugador y de sus representantes
legales.
- Las personas vinculadas al Club deberán mantener una conducta respetuosa, deportiva y conforme a los principios de civismo, convivencia,
respeto institucional y deportividad.
- Cualquier actuación realizada en el marco de la actividad del Club se entenderá efectuada en representación del mismo, generando las
responsabilidades correspondientes.
- El presente Reglamento prevalecerá sobre cualquier criterio, acuerdo verbal o práctica contraria al mismo.
- La interpretación del Reglamento corresponde exclusivamente a la Junta Directiva del Club.
- La estructura deportiva del Club será definida por la Junta Directiva a propuesta de la Dirección Deportiva.
- La Dirección Deportiva es el órgano responsable de la planificación, organización y supervisión del proyecto deportivo del
Club.
- El Club desarrolla su actividad conforme a principios formativos, educativos y competitivos.
- La Dirección Deportiva establecerá los objetivos deportivos y formativos de cada categoría.
- La composición de los equipos podrá modificarse en función de criterios técnicos, deportivos u organizativos, previa comunicación a los
interesados.
- La pertenencia al Club implica la obligación de abonar las cuotas, matrículas y demás aportaciones económicas fijadas por la Junta
Directiva.
- El pago de las cuotas constituye requisito indispensable para la permanencia del jugador en el Club.
En caso de incorporación del jugador una vez iniciada la temporada, las cuotas serán las siguientes:
- Hasta diciembre inclusive: 100 % de la cuota anual.
- De enero a marzo inclusive: 70 % de la cuota anual.
- De abril a junio inclusive: 30 % de la cuota anual.
- El impago total o parcial de las cuotas facultará al Club para:
- Suspender temporalmente al jugador de entrenamientos y competiciones.
- Acordar su baja en el Club.
- Lo anterior se adoptará previa comunicación al jugador o a sus representantes legales.
- En caso de baja voluntaria del jugador, el Club no estará obligado a devolver las cantidades abonadas.
- Las cuotas tienen carácter no reembolsable, por corresponder a servicios ya iniciados y a gastos estructurales del
Club.
- El Club podrá reclamar judicial o extrajudicialmente las cantidades adeudadas.
- La reclamación podrá incluir intereses legales, gastos y costes derivados del procedimiento.
- El impago de una sola cuota facultará al Club para declarar vencidas anticipadamente las restantes cuotas de la
temporada.
- Las cuotas tienen carácter obligatorio, periódico y no reembolsable.
- Su pago no genera derecho alguno a convocatorias, alineaciones, participación en partidos o minutos de juego.
- Para ingresar en el Club será necesario superar el proceso de admisión establecido por la Dirección Deportiva.
- La admisión no genera derecho adquirido a permanencia ni participación deportiva.
- El jugador será adscrito a un equipo conforme a criterios técnicos, deportivos y organizativos.
- La pertenencia al Club no genera derecho subjetivo a convocatorias, alineaciones o minutos de juego.
- Las decisiones técnicas son discrecionales y no susceptibles de reclamación, salvo lo previsto en la normativa
aplicable.
- Las decisiones adoptadas por la Dirección Deportiva, entrenadores y órganos técnicos del Club en materia de convocatorias, alineaciones,
tiempos de juego, adscripción a equipos, cambios de categoría o cualquier otra cuestión deportiva tienen carácter estrictamente técnico y discrecional.
- Dichas decisiones no serán susceptibles de reclamación, recurso o impugnación por parte del jugador o de sus representantes legales,
quienes renuncian expresamente a cualquier acción basada en criterios deportivos, sin perjuicio de la normativa imperativa aplicable.
Son derechos del jugador:
- Recibir formación deportiva conforme al proyecto del Club.
- Participar en los entrenamientos del equipo asignado.
- Utilizar las instalaciones y medios del Club conforme a la normativa interna.
Son deberes del jugador:
- Cumplir el presente Reglamento.
- Respetar a entrenadores, compañeros, árbitros y rivales.
- Asistir puntualmente a entrenamientos y partidos.
- Mantener una conducta deportiva y disciplinada.
La Dirección Deportiva es responsable de la planificación y ejecución del proyecto deportivo del Club.
Los entrenadores dirigirán técnicamente a los equipos conforme a las directrices de la Dirección Deportiva.
Los delegados representarán al equipo en competiciones y velarán por el cumplimiento del Reglamento.
- Los familiares deberán respetar las normas del Club y las decisiones técnicas y arbitrales.
- El Club podrá adoptar medidas disciplinarias por conductas inapropiadas de familiares o acompañantes.
Los representantes legales responderán solidariamente de las obligaciones económicas y disciplinarias derivadas de la actuación del
jugador.
Las instalaciones deberán utilizarse conforme a las normas del Club.
Los daños causados por uso negligente serán imputables al responsable.
- El Club podrá utilizar la imagen de los jugadores en actividades promocionales, deportivas o institucionales.
- La inscripción en el Club implica la autorización expresa para dicho uso, salvo manifestación escrita en contrario.
Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.
Las sanciones podrán ser deportivas, económicas o disciplinarias, incluida la expulsión del Club.
La Junta Directiva instruirá el procedimiento disciplinario conforme a principios de proporcionalidad y audiencia.
El Club podrá acordar la expulsión inmediata del jugador o de cualquier persona vinculada en caso de infracción muy
grave.
El Club no será responsable de daños derivados de actuaciones ajenas a la actividad deportiva organizada oficialmente.
- La Dirección Deportiva y los entrenadores ostentan plena autoridad técnica sobre los equipos del Club.
- Las decisiones técnicas no generarán derecho alguno a compensación, indemnización o reclamación.
- Los representantes legales declaran conocer la naturaleza formativa y competitiva de la actividad deportiva.
- Aceptan que la participación en competiciones implica riesgos inherentes a la práctica deportiva.
- El Club no será responsable de lesiones derivadas de la práctica deportiva, salvo en los supuestos legalmente
exigibles.
- Los representantes legales asumen los riesgos inherentes a la actividad deportiva.
- Los familiares no podrán interferir en decisiones técnicas, organizativas o disciplinarias.
- El incumplimiento podrá dar lugar a sanciones o expulsión del jugador.
- La expulsión del Club no dará derecho a devolución de cantidades ni a indemnización alguna.
- La expulsión podrá acordarse por razones disciplinarias, organizativas o deportivas.
- Las partes se comprometen a resolver los conflictos por vías internas antes de acudir a instancias externas.
- Con carácter previo a cualquier acción judicial, deberá formularse reclamación escrita ante la Junta Directiva.
- El presente Reglamento se somete a la normativa federativa, civil y administrativa vigente.
- Las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales del domicilio del Club.
Corresponde a la Junta Directiva la interpretación del presente Reglamento.
El Reglamento podrá ser modificado por acuerdo de la Junta Directiva.
El presente Reglamento se interpretará conforme a la normativa legal y federativa vigente.
El Reglamento entrará en vigor tras su aprobación por la Junta Directiva del Club.
Corresponde a la Junta Directiva la interpretación del presente Reglamento.
El Reglamento podrá ser modificado por acuerdo de la Junta Directiva.
El presente Reglamento se interpretará conforme a la normativa legal y federativa vigente.
El Reglamento entrará en vigor tras su aprobación por la Junta Directiva del Club.
Alicante 19 de Junio del 2015